Corresponde al Consejo Académico de la Escuela:
a) Aprobar la política general de actividades de docencia, investigación, creación, producción, extensión y relaciones públicas de la Escuela, propuesta por el Director de acuerdo a la letra a) del Art. 7º;
b) Colaborar con el Director de la Escuela en la coordinación del trabajo académico;
c) Conocer y aprobar la programación y presupuesto anuales presentados por el Director de la Escuela, sin perjuicio del posterior conocimiento y aprobación que corresponda alDecano y a las autoridades de la Universidad;
d) Aprobar el nombramiento del Secretario Académico, a proposición del Director;
e) Elaborar y proponer los reglamentos ynormativa interna de la Escuela, los cuales deben ajustarse a las normas generales vigentes de la Facultad deArtes y de la Universidad. Se formalizarán por Decreto del Rector;
f) Conocer y resolver los conflictos académicos que se susciten en la Escuela y pronunciarse frente a las infracciones graves de los deberes que impone la convivencia universitaria, sin perjuicio de las atribuciones que en esta materia correspondan al Director, alDecano oa otros organismos de la Universidad;
g) Proponer al Decano, por intermedio del Director, el nombramiento, la contratación o despido de los profesores de la Escuela en sus distintas categorías académicas, en conformidad a los Reglamentos de la Universidad y a las normas que sobre esta materia establezca la Facultad de Artes;
h) Determinar las áreas y establecer, modificar o suprimir, los Grupos de Trabajo correspondientes, y los académicos que se adscribirán a cada uno de ellos según la programación general de la Escuela, e
i) Invitar a las personas que considere necesario de acuerdo con los temas que se tratarán.